Aquí en Artir contra el mundo odiamos los debates nominalistas. Mucho. Nos importa la realidad a la que un comunicador se refiere al emplear las palabras que emplea, aunque por supuesto se agradecerá que el grado de precisión de la comunicación en cuestión sea suficientemente bueno.

So well (Que no Sowell. Ese es un economista), habrá que definir algunos términos que suelen salir con frecuencia en el debate sobre el aborto, y que posteriormente emplearé en los posts que restan a esta serie.

  • Aborto: Interrupción del proceso de gestación de una entidad biológica, conducente en última instancia a su muerte. Podría diferenciarse entre aborto directo, cuando se mata a la entidad directamente o aborto indirecto - o por evicción- cuando se la deja morir. En ambos casos se tiene una muerte provocada de un ser vivo.
  • Derecho: Tener derecho a algo puede interpretarse como que nadie puede impedirme de forma legítima, moralmente hablando, hacer ese algo sin una justificación lo suficientemente poderosa. Así, una persona puede tener derecho a la vida, pero tal cosa será en gran parte irrelevante si amenaza a otra, y éste, en autodefensa, mata al primero. De igual manera, una persona puede tener derecho a la propiedad privada, y a adquirir materiales para construir una bomba atómica. Pero si sabemos que tal cosa no se hará con un fin suficientemente justificado (i.e. desviar un asteroide), y sin las garantías apropiadas (Auditorías, medidas de seguridad...), parece lógico violar ese derecho a la propiedad privada y evitar la construcción de la bomba. En efecto, dos personas pueden tener derecho a algo y que esos derechos entren en conflicto. Averiguar cuál prevalece no es siempre una tarea sencilla, ni hay una regla inmediata para ello. Con los derechos de propiedad se intenta evitar ese problema, parcelando los campos de decisión de los agentes, limitándolos al ámbito de su propiedad. Pero como ilustra el ejemplo anterior, esto no siempre funciona. Para quien le interese, go to-> http://bleedingheartlibertarians.com/2013/04/against-non-aggression/
  • Persona: Una persona podría definirse como una entidad con cierto grado de consciencia sobre la que cabe hacer juicios morales, y capaz de entender derechos y deberes. Or something. Por supuesto, el problema está en "ese cierto grado de conciencia". Quizá sea mejor definir persona como gradiente entre nada (Una entidad incapaz de procesar información, i.e. una roca) y el máximo hasta ahora conocido (Un ser humano). Así, podríamos decir que un adulto es más persona que un niño, y éste, más que un feto, siendo todo lo demás constante. De igual manera, esta clasificación permitiría decir que un delfín o un mono son más persona que una cucaracha o una hormiga, pero ese es otro tema. Lo que debe quedar claro es que si algo es una persona, entonces deberemos tener ciertas consideraciones morales para con ella
  • Humano: Definido aquí como célula o conjunto de las mismas con ADN perteneciente a la especie Homo Sapiens Sapiens.
  • Nasciturus: nombre otorgable a una entidad biológica si se encuentra entre su concepción y nacimiento. (Si bien el término jurídico hace referencia a una entidad humana. En lo que sigue tal cosa será en gran medida irrelevante, ya que sólo consideraremos nasciturus humanos)

Nótese que los términos están definidos para que sean lo más modulares posibles, quedándose únicamente con la esencia del concepto. Así, podemos tener nasciturus no humanos y no personas, personas no humanas y nasciturus o nasciturus humanos y personas.

Así, con estas definiciones, particularizando para nuestro caso particular que es el desarrollo del nasciturus humano, tendríamos dos posibles fases en la gestación

  • Aborto del nasciturus humano no persona: En esta fase, no habría ningún problema moral para el hecho del aborto.
  • Aborto del nasciturus humano persona: En esta fase sería cuando surge el problema moral, y la más interesante de cara al análisis, ya que entra en juego el concepto de derecho.

Nota aclaratoria: Con las definiciones dadas, a alguien podría ocurrírsele protestar que un ser humano tiene derechos por el hecho de ser humano y que un ser humano siempre es persona. Sea. Lo que quiero diferenciar aquí es persona como realidad moral y humano como realidad biológica. Afirmar que ambas vayan siempre unidas no es incompatible con las definiciones dadas. Y sobre si la raíz de los derechos es ser humano y no ser persona, podemos plantearnos en primera instancia una pregunta: Qué tiene más sentido: ¿Basar los derechos en tener un código genético o en tener ciertas capacidades? Afirmar lo primero - que los derechos emanan del hecho de ser humano y no del de ser persona- implicarían que, en el caso hipotético de tener un ser que fuese capaz de todo lo que hacen los seres humanos, no tendría derecho alguno, cosa que me parece refuta por reductio ad absurdum la idea de que los derechos emanan del código genético. Ahora bien, cabría replicar que es imposible que existan personas no humanas. Discrepo. Y quien quiera probarlo, que lo intente. Todo es posible hasta que se demuestre lo contrario, a fin de cuentas.

Con una formulación matemática quizá pueda verse mejor. Es absurdo decir que  humano≡persona (Hacen referencia a la misma realidad) pero podría tener sentido decir que ser humano=persona (Coinciden).

Comments from WordPress

  • Abortocalipsis IV: Malos argumentos a favor del aborto | Artir contra el mundo 2013-06-19T20:43:54Z

    […] El feto tiene ADN de homo sapiens sapiens. Y el feto, en cierta etapa de su gestación, comienza a ser un ser humano en tanto tiene ciertos órganos diferenciados, forma humana y otra serie de rasgos. Es mucho más debatible que una mórula o un cigoto sean un ser humano, por otro lado, así que para ese par de casos la primera parte del argumento podría valer. La implicación no. Ser un ser humano no te da derecho alguno, como ya dije en el post anterior. […]

  • Seres humanos no persona | Artir contra el mundo 2013-07-20T18:03:06Z

    […] otra entrada del blog ya comentaba que no es lo mismo una persona que un ser humano. Tendrá que concederse sí o sí […]

  • 9 malos argumentos para defender el aborto según un abortista | Duarte falcó 2014-01-08T13:24:59Z

    […] El feto no es un ser humano, y por tanto no tiene derechos: El feto tiene ADN de homo sapiens sapiens. Y el feto, en cierta etapa de su gestación, comienza a ser un ser humano en tanto tiene ciertos órganos diferenciados, forma humana y otra serie de rasgos. Es mucho más debatible que una mórula o un cigoto sean un ser humano, por otro lado, así que para ese par de casos la primera parte del argumento podría valer. La implicación no. Ser un ser humano no te da derecho alguno, como ya dije en el post anterior. […]

  • Abortocalipsis VI: La solución para el dilema del aborto | El blog de Artir 2015-01-29T11:52:54Z

    […] Abortocalipsis III: Definiciones […]